La Ley General de los Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, establece en su artículo 42.1 que aquellas empresas públicas y privadas que emplean a 50 o más trabajadores están obligadas a que, al menos, el 2% de éstos tengan una discapacidad reconocida en grado igual o superior al 33%.
Nuestra Fundación: tu mejor elección para cumplir con la Ley General de Discapacidad, ya sea para contratar personas con discapacidad o para implementar medidas alternativas.
Nos encargamos de todo el proceso administrativo y te ayudamos a cumplir tus obligaciones legales.

Cómputo de plantilla y reserva de puesto

Tomando como base el promedio de los 12 meses anteriores y la plantilla total de la empresa, en todos los centros de trabajo y formas de contratación. Obtenido el volumen de plantilla, calcula el 2% a reservar para personas con discapacidad. Tus cálculos serán revisados por la administración nacional o autonómica que te corresponda según localización de tu plantilla. ¡Ojo! No hay un número de personas fijo asignado para un mínimo de plantilla, ni todas las administraciones redondean a la baja. No te dejes llevar por mitos. Usa nuestra calculadora para saber el número de personas con discapacidad que necesitas incorporar y contacta con nosotros si quieres saber más sobre el proceso de cálculo.

Contratar a personas con discapacidad

La contratación de personas con discapacidad genera importantes beneficios para la sociedad y las empresas, incluso para aquellas no obligadas por la Ley General de Discapacidad, por ello cuenta con algunos incentivos de la administración para apoyarla. Para tener éxito en un proceso de inclusión de personas con discapacidad en la plantilla de tu empresa, es importante que cuentes con la colaboración de una entidad que pueda a asesorarte, como Fundación Sesé, Así, convertir tus procesos de contratación en procesos inclusivos puede ser mucho más sencillo de lo que imaginas y que acabará formando parte de la cultura de tu empresa aún por encima de la obligación legal.

¿Y si no puedo encontrar personas con discapacidad que se ajusten a los perfiles que mi empresa necesita?

Entonces te encuentras en una de las dos situaciones contempladas en la Ley que te permitirán solicitar el certificado de excepcionalidad y el cumplimiento alternativo de la Ley General de Discapacidad. Fundación Sesé puede asesorarte y ayudarte con el proceso de obtención de este certificado y en el cumplimiento alternativo de la ley.

¿Cuáles son las medidas alternativas?

Hay tres tipos de medidas alternativas: · Contratar con un centro especial de empleo o con un trabajador autónomo con discapacidad el suministro de bienes necesarios para la actividad de la empresa, o la prestación de servicios accesorios a la actividad de la empresa. · Donaciones o acciones de patrocinio para la realización de acciones de inserción laboral, formación y creación de empleo para personas con discapacidad a fundaciones o asociaciones de utilidad pública que contengan estas actividades en su objeto social · La constitución de un enclave laboral de los regulados en el RD 290/2004 de 20 de febrero Cada una de estas medidas se aplica de forma diferente, con obligaciones económicas diferentes y distinto tratamiento fiscal. Debemos analizar bien nuestra elección.

Certificado de excepcionalidad

La validez del certificado de excepcionalidad es de tres años, pero es anual el cumplimiento de la medida alternativa por el importe aprobado por la administración. Anualmente, las empresas tendrán que presentar la justificación correspondiente del cumplimiento de la medida alternativa, sea donación o facturación contractual, para lo que deberán contar con la colaboración de la entidad objeto del patrocinio o del centro especial de empleo contratado. Junto con la justificación anual del cumplimiento de la medida alternativa, las empresas presentarán el cómputo de la plantilla de los 12 meses anteriores, lo que puede producir la variación, en más o en menos, de la obligación económica para el año en curso.

¿Por qué elegir como medida alternativa la donación?

¿Por qué elegir como medida alternativa la donación o el patrocinio a los proyectos de inserción laboral y formación de Fundación Sesé? - Minimizarás los recursos y riesgos derivados de toda ejecución contractual. - Conseguirás un mayor impacto positivo en tu cultura empresarial y en la imagen ante tus grupos de interés, - Participarás en la financiación de una estrategia social de alto impacto, basada en la acción directa o en alianza con entidades de diferentes sectores y ámbito geográfico comprometidas con la inserción laboral de personas con discapacidad - Podrás optar a los beneficios fiscales del mecenazgo

¡Te ayudamos!

Muchas empresas han optado por confiarnos la contratación de personas con discapacidad y la implementación de medidas alternativas. Estamos aquí para simplificar todo el proceso. No dudes en contactarnos.