Empleo

¿Qué es la LGD?


Cumplir la ley no tiene por qué ser complicado. Nosotros nos encargamos.

La Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social (RDL 1/2013 del 29 de noviembre) , obliga a las empresas de 50 o más trabajadores a reservar, al menos, el 2% de sus puestos de trabajo a personas con discapacidad reconocida, grado igual o superior al 33%. Esta ley es mucho más que una obligación: es una oportunidad para construir una empresa más inclusiva, diversa y comprometida con la igualdad de oportunidades.

En Fundación Sesé te lo ponemos fácil. Ya sea contratando talento con discapacidad o implementando medidas alternativas, te acompañamos en todo el proceso para que cumplas con la ley sin complicaciones ni riesgos.

¿Cuánta personas con discapacidad necesitas en plantilla?

Descúbrelo en 30 segundos.

Si tu empresa tiene 50 empleados o más, la ley exige reservar el 2% de la plantilla, calculado sobre la media de los últimos 12 meses, deben ser personas con discapacidad. ¿No sabes cuántas necesitas? No hagas cálculos a mano: usa nuestra calculadora gratuita y obtén la cifra exacta al instante.

¿Tienes dudas? Usa nuestra calculadora para saber cuántas incorporaciones necesitas.

¿No encuentras el perfil que necesitas?

No pasa nada. Hay alternativas legales, y te ayudamos a elegir la mejor.

Si te resulta difícil encontrar el perfil adecuado para tu empresa, puedes solicitar un certificado de excepcionalidad y optar por una medida alternativa:

  • Contratar servicios a un centro especial de empleo o a un autónomo con discapacidad..
  • Donar o patrocinar proyectos de inserción laboral y formación.
  • Constituir un enclave laboral, regulado por el RD 290/2004.

Cada opción tiene sus propias condiciones y ventajas. ¿No sabes cuál se adapta mejor a tu empresa? Déjanoslo a nosotros. Analizamos tu caso y te recomendamos la solución más eficiente, tanto en cumplimiento como en coste.

Certificado de excepcionalidad

Tres años de validez, pero con obligaciones anuales que no puedes olvidar.

El certificado tiene una vigencia de 3 años, pero atención: cada año debes justificar el cumplimiento de la medida alternativa (por el importe aprobado por la administración), ya sea mediante donación o contratación con un centro especial de empleo.

Además, cada año hay que presentar el cómputo de plantilla de los últimos 12 meses, ya que puede variar tu obligación económica.

¿Suena a mucho papeleo? Por eso muchas empresas ya han decidido confiarnos todo el proceso: desde la contratación de personas con discapacidad hasta la gestión de las medidas alternativas.

Nosotros simplificamos el proceso. Tú solo te preocupas de tu negocio.

Cumplir la ley, generar impacto social y simplificar la gestión: eso es lo que conseguimos junto a las empresas que ya confían en nosotros. Es tu turno.