La Fundación Sesé, crea Centros Especiales de Empleo con el fin de ofertar oportunidades para colectivos en riesgo de exclusión. La creación de los Centros Especiales de Empleo nos ofrece la posibilidad de generar de forma amplia y permanente puestos de trabajo para colectivos que lo tienen más
difícil a la hora de acceder al mercado laboral.
Los CEE tienen como objetivo principal realizar un trabajo productivo y de calidad para las empresas cliente, confiando en su eficacia y eficiencia como proveedor, participando en operaciones de mercado, asegurando un empleo remunerado y prestando los servicios de ajuste personal y social que requieran sus trabajadores con diversidad funcional.
En la actualidad, la Fundación Sesé cuenta con dos Centros Especiales de Empleo: Sesé Integra y Sesé Integra Norte
«Nuestro objetivo, fomentar la creación y el mantenimiento de empleo dirigido a la inclusión social y laboral de personas
con discapacidad y/o en riesgo de exclusión social.»
- Inyección de plásticos.
- Premontaje y montaje de subconjuntos y conjuntos industriales.
- Evaluaciones de calidad, selecciones,
re-operaciones, etiquetado. - Trasvase de productos o materias primas.
- Servicios Industriales
- Servicios Logísticos
- Gestión Documental (Digitalización)
- Reparto de Paqueteria (Sesé Integra)
Personas contratadas en los CEE de Fundación Sesé
• Personas con discapacidad plantilla:
Más información de Sesé Integra Más información de Sesé Integra Norte
¿Qué es un Centro Especial de Empleo?
Los Centros Especiales de Empleo son empresas cuyo objetivo principal es el de proporcionar a los trabajadores con discapacidad la realización de un trabajo productivo y remunerado, adecuado a sus características personales y que facilite la integración laboral de éstos en el mercado ordinario de trabajo.
¿Quién puede trabajar en un centro especial de empleo?
Pueden trabajar en un Centro Especial de Empleo los trabajadores que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% y que, como consecuencia de ello, presenten una disminución de su capacidad de trabajo al menos igual o superior a dicho porcentaje.
El 70% de la plantilla debe estar formada por personas con un igual o superior al 33%
¿Cómo cumplir con la ley general de discapacidad?
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas
con discapacidad y de su inclusión social.
¿Qué debo saber para que mi empresa cumpla con la ley general de discapacidad?
Si no puedes de manera directa cumplir con la LGD, puedes solicitar la declaración de excepcionalidad para su empresa y cumplir con la ley mediante las medidas alternativas.
Contratar personas con discapacidad es rentable, justo y responsable.
Apostamos por un mercado laboral inclusivo